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Derecho Pensionario o Previsional
El sistema previsional peruano está constituido por tres regímenes principales: El del Decreto Ley N.º 19990 (denominado Sistema Nacional de Pensiones – SNP), el del Decreto Ley N.º 20530 (denominado Cédula Viva) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Los dos primeros son administrados por el Estado y el tercero es administrado por entidades privadas denominadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
Muchas personas afrontan innumerables problemas al solicitar el pago de sus pensiones, dado que las empresas prestadoras de servicios pensionarios, se acogen a distintas figuras jurídicas con la finalidad de aletargar y/o desconocer la existencia del derecho al cobro de una pensión.
“LEXUM Consultores”, busca regularizar el procedimiento de pago a favor del cliente y con ello garantizar el cobro efectivo de lo que le corresponde como pensión.
El área de asesoramiento en tema previsional le ofrece servicios de asesoramiento en:
- Pensión de Jubilación
- Pensión de Invalidez
- Pensión de Viudez
- Pensión de Orfandad
- Pensión de Ascendientes